Acuerdo 514 de 2012. Artículo 10.- Creación de la Subdirección de Presupuesto, Contabilidad y Tesorería. Crear la Subdirección de Presupuesto, Contabilidad y Tesorería, dependiente de la Dirección Administrativa y Financiera
Artículo 11.- Funciones de la Subdirección de Presupuesto, Contabilidad y Tesorería. Corresponde a la Subdirección de Presupuesto, Contabilidad y Tesorería, ejercer las siguientes funciones:
- Coordinar con la Dirección Administrativa y Financiera, la formulación y ejecución de las políticas y planes en materia financiera para la Personería de Bogotá.
- Dirigir y controlar la ejecución de los programas financieros en coordinación con las demás dependencias.
- Dirigir y controlar la elaboración de los reportes mensuales sobre la ejecución del presupuesto de la entidad.
- Dirigir el proceso de pagos y las actividades relacionadas implementando sistemas ágiles y eficientes que permitan un mejoramiento permanente de la Subdirección.
- Administrar los bienes monetarios en sus etapas de adquisición, gasto, inversión y disposición.
- Coordinar la expedición de los actos administrativos y demás documentos de su competencia de conformidad con los procedimientos establecidos.
- Presentar a la Dirección Administrativa y Financiera así como a la Alta Dirección de la Entidad, estrategias para la adecuada aplicación de las políticas de racionalización del gasto.
- Las demás fijadas por la Ley, los Acuerdos, los Estatutos y los Reglamentos.