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Acuerdo 755 de 2019. Artículo 9°. - La Oficina de Control Interno Disciplinario, tendrá a cargo las siguientes funciones:
  1. Ejercer la Potestad Disciplinaria sobre los (as) servidores(as) públicos (as) de la Entidad.
  2. Elaborar estudios de caracterización de las faltas cometidas, de los riesgos de incurrir en ellas y, proponer programas de prevención para evitar su materialización.
  3. Adelantar actividades orientadas a la prevención de la comisión de faltas disciplinarias.
  4. Recibir, estudiar y tramitar las denuncias, quejas y reclamos por las posibles faltas disciplinarias en que incurran los (as) servidores (as) de la Entidad o de quienes presten funciones públicas en la misma, por infracción a la Constitución, las leyes, los acuerdos y demás normas relacionadas con la Personería de Bogotá, D. C.
  5. Adelantar la acción disciplinaria, de conformidad con las normas legales vigentes.
  6. Conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los (as) servidores (as) de la Entidad y exfuncionarios (as) de la Entidad.
  7. Remitir a la segunda instancia los procesos que hayan sido objeto del recurso de apelación interpuesto contra las decisiones de fondo proferidas.
  8. Imponer las sanciones a que haya lugar según las disposiciones legales vigentes.
  9. Proyectar los actos administrativos mediante las cuales se acojan decisiones ordenadas por la Procuraduría General de la Nación.
  10. Remitir las investigaciones disciplinarias que ordena asumir la Procuraduría General de la Nación, en ejercicio del poder preferente.
  11. Expedir y enviar las investigaciones del caso, a los organismos de control o entidades judiciales cuando exista mérito para ello.
  12. Preparar, elaborar y presentar los informes de sus actuaciones a los organismos de Control.
  13. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.
Lunes, 25 November 2019 12:01

Escuela Virtual de Aprendizaje

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Escuela Virtual

 

 

Lunes, 27 May 2019 18:25

Eres Importante

1.¿Cuenta usted con capacitaciones requeridas para el ejercicio de las funciones que viene desarrollando?*
2.¿El espacio en el que ejerce su función, cuenta con toda la dotación estructural y tecnológica?*
3.¿Ha tenido dificultades con los compañeros del área en la que ejerce su función?*
4.¿El tipo de dificultad que con más frecuencia se presenta en su área, es?*
5.La inconformidad vivida en el área en la que desarrolla su función, considera que es promovida por :*
6.¿Esta conforme en el área en el que ejerce sus funciones?*

Lunes, 27 May 2019 17:19

Teletrabajo

 

Conforme a lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1221 de 2008, el teletrabajo “es una forma de organización laboral, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación - TIC para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo.” 

Para el caso de la Personería de Bogotá, D. C., aplica el “Teletrabajo suplementario”, es decir, aquel en el que los teletrabajadores laboran máximo tres (3) días a la semana en el lugar de residencia y el resto de tiempo en las instalaciones de la Entidad, de conformidad con las funciones desarrolladas por el(la) teletrabajador(a) y los compromisos acordados con su jefe inmediato(a), siempre cumpliendo con la jornada mínima de trabajo estipulada en la entidad. 

Haga clic en el siguiente enlace para conocer los lineamientos para la modalidad de Teletrabajo en la Personería de Bogotá: 

 

Resolución 167 de 2023

 

Tiene como función principal el orientar y asistir a los ciudadanos consumidores de bienes y servicios, en defensa de sus derechos. Interviene ante las empresas de servicios públicos y ante particulares en la defensa de los intereses de los usuarios, de acuerdo al alcance de la competencia de la Personería. Además, difunde e informa respecto de las normas de protección al consumidor y en materia de consumo.
Domingo, 26 May 2019 14:12

Aplicativos

La Intranet de la Personería de Bogotá es una red segura basada en estándares abiertos que soportan aplicaciones y servicios; aquí encontrará acceso rápido a los aplicativos más usados por los colaboradores de la entidad.

Internos Misionales


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Externos

Domingo, 26 May 2019 13:48

La Historia

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