Mesa de ayuda en Linea
Cindy Johanna Zapata Romero

Cindy Johanna Zapata Romero

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Viernes, 06 September 2024 17:12

Comité Operativo de Emergencias

Pieza COE

  1. Introducción
    Constituido mediante la resolución 398 del 2024, siendo conformado en la actualidad por el Secretario General de la Personería de Bogotá, quien preside el Comité Operativo de Emergencias-COE, los directores de Talento Humano, Administrativo y Financiero, los Subdirectores de Desarrollo de Talento Humano (quien realiza la Secretaría Técnica), Gestión Documental y Recurso Físicos, los Personeros Delegados para la Coordinación de Gestión de las Personerías Locales, la Coordinación del Ministerio Público y Derechos Humanos, y el Jefe de la Brigada de Emergencias de la Entidad. Estos se encargan de coordinar a nivel estratégico la ejecución de actividades antes, durante y después de cualquier emergencia, simulacro y/o contingencia, en donde se encuentre representación de la Entidad.
  2. Objeto del COE
    Coordinación estratégica de las actividades que deban ser realizadas antes, durante y después de una emergencia, simulacro y/o contingencia.
  3. Miembros del Comité Operativo de Emergencias
    CargoNombre
    Secretario(a) General Miguel Ángel Valero Bernal
    Personero(a) delegado(a) para la Coordinación de Gestión de las Personerías Locales Emilio Alberto Hernández Diaz
    Personero(a) delegado(a) para la Coordinación del Ministerio Publico y los Derechos Humanos Andres Rodríguez Becerra
    Director(a) Administrativo y Financiero Michael Andres Ruiz Falach
    Director(a) Talento Humano Pablo Andrés Jiménez Ocampo
    Subdirector(a) de Desarrollo de Talento Humano Mario Alexander Monrroy Gallo
    Subdirector(a) de Gestión Documental y Recursos Físicos William Alirio Fuentes Caballero
    Jefe(a) Oficina Asesora de Comunicaciones Andrea Linares Gómez
    Funcionario(a) a cargo del seguimiento del Plan Maestro de Emergencias Luz Daniela Gutierrez Zúñiga
    Jefe(a) de brigada Mirtian Lucero Orozco León
  4. Principales funciones del COE:
    • Revisar y apoyar periódicamente el desarrollo del plan maestro de emergencia en cada uno de los centros de trabajo de la entidad y tener pleno conocimiento sobre los procedimientos y operativos de respuestas de emergencias.
    • Administrar a nivel estratégico todas las actividades relacionadas con la atención y el control de emergencia, contingencia y/o simulacros, de conformidad con el plan maestro de emergencia de la entidad.
    • Comprobar la disponibilidad de los recursos necesarios para la ejecución de todas las actividades de prevención y atención a emergencias.
    • Reunirse para decidir las acciones a seguir frente a un evento o riesgo con el fin de mitigar neutralizar o atender la situación.
    • Participar activamente en las actividades de preparación y entrenamiento para el manejo de emergencia, contingencia y/o simulacros.
    • Promover y facilitar la participación de los colaboradores de la Personería de Bogotá en las diferentes actividades de prevención de emergencias y/o contingencias.
    • Apoyar las acciones (antes, durante y después) de los grupos de control pertenecientes a la brigada de emergencia.
    • Realizar seguimiento a las actividades y capacitaciones desarrolladas por la brigada de emergencias.
    • Coordinar las reuniones de evaluación posterior a cada emergencia, contingencia o simulacro y elaborar con el respectivo informe las recomendaciones para el mejoramiento de los procedimientos designados en el plan maestro de emergencia.
    • Coordinar con los grupos de apoyo externo las actividades relacionadas con la respuesta ante una emergencia.
  5. Brigada de Emergencia
    Grupo de servidores públicos y/o contratistas que se encuentran debidamente organizados, entrenados y dotados, con la capacidad de identificar las condiciones de peligros, vulnerabilidades y riesgos en el entorno laboral y como consecuencia de ello actúan para prevenir, controlar y reaccionar en situaciones de emergencias.
  6. ¿Quieres pertenecer al grupo de brigada de emergencias?
    Inscríbete en el siguiente enlace: https://forms.office.com/r/yNFLuNz1gL
  7. Anexar fotografías de las reuniones recientes del COE y actividades de los brigadistas

    Brigada de Emergencias de la Personería de Bogotá

    Brigada de Emergencias de la Personería de Bogotá

    Entrenamiento Brigada de Emergencias de la Personería de Bogotá

    Entrenamiento Brigada de Emergencias de la Personería de Bogotá

    Miembros COE (Comité Operativo de Emergencias)

    Miembros COE (Comité Operativo de Emergencias)

    Simulacro Distrital 2023

    Simulacro Distrital 2023

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Módulo 2

 

        ¡Práctica lo aprendido !

 
        ¡Pon a prueba tus conocimientos aprendidos!
        Quién apruebe  el 70% de las preguntas, pasará este test 

 

Módulo 3
 

        ¡Práctica lo aprendido !

 
        ¡Pon a prueba tus conocimientos aprendidos!
        Quién apruebe  el 70% de las preguntas, pasará este test 

 

Módulo 4
 

        ¡Práctica lo aprendido !

 
        ¡Pon a prueba tus conocimientos aprendidos!
        Quién apruebe  el 70% de las preguntas, pasará este test 

 

Módulo 5
 

        ¡Práctica lo aprendido !

 
        ¡Pon a prueba tus conocimientos aprendidos!
        Quién apruebe  el 70% de las preguntas, pasará este test 

 

Viernes, 22 September 2023 16:00

Elecciones territoriales 2023

CAMPAÑA POSTULATE COMO VEEDOR ELECTORAL  ELECCIONES TERRITORIALES 2023  

Bienvenido(a) al proceso de postulación de veedores(as) electorales. Por favor lea cuidadosamente:

 

     1. Solo podrá postularse a un puesto de votación, es muy importante que verifique su elección, dado que no se permiten cambios después de ser asignado el puesto.

     2. Si el puesto que desea se encuentra "candado", lo(a) invitamos a elegir otro que se encuentre “disponible”.

     3. Una vez elegido el puesto de votación le llegará un correo de confirmación.

     4. En caso de realizarse una segunda vuelta usted estará asignado(a) al mismo puesto de votación.

 

 ENLACE AL APLICATIVO DE ASIGNACIÓN DE VEEDORES 2023 

 

 Para el ejercicio de dicha vigilancia y control de la Personería de Bogotá en la jornada electoral del próximo 29 de octubre en las elecciones territoriales haremos presencia en siete (7) localidades Santa Fe, San Cristóbal, Usme, Bosa, Teusaquillo, Barrios Unidos, Sumapaz y en conjunto con la Procuraduría General de la Nación cubriremos Corferias el puesto de votación más grande de la ciudad.

En las localidades asignadas haremos vigilancia y control en 266 puestos de votación con 6740 mesas, desde las 6:00 am y hasta la entrega del material electoral a los delegados de la Registraduría, desplegando aproximadamente 450 funcionarios de la entidad.

Teniendo en cuenta las localidades que vigilaremos y que el lugar de residencia de nuestros (as) funcionarios(as) está distribuido por toda la ciudad, hemos diseñado la campaña denominada “postúlate como veedor electoral”, la cual busca que por iniciativa de cada uno(a) de ellos(as) se inscriban en el puesto de votación que consideren más apropiado para ejercer nuestra labor el próximo 29 de octubre en las elecciones territoriales.

Para ello se ha generado un aplicativo con la Dirección de Tecnologías de la Información que permita en un periodo determinado de tiempo que los(as) y las funcionarias(as) se postulen a un puesto de votación.

En caso de no llenar todos los puestos de votación en la convocatoria inicial (2 y 3 octubre), se procederá a remitir correo a los(las) funcionarios(as) que no se postularon informándoles que fueron designados(as) como veedores(as) para lo cual se habilitará el aplicativo con los puestos disponibles los días 4 y 5 de octubre de 8:00 am a 5:00 pm.

De no cubrir el 100% de los puestos se procederá a asignar de manera aleatoria con la planta de personal disponible.

Así mismo, se requiere de una campaña de expectativa que nos permita brindar la información necesaria para que los(as) funcionarios(as) puedan conocer la ubicación de los puestos de votación, número de funcionarios que se requiere para cada uno ellos y elijan a cuál quieren postularse.

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PUESTOS DE VOTACIÓN 2023

LO QUE DEBES SABER

En la jornada electoral del próximo 29 de octubre en las elecciones territoriales haremos presencia en siete (7) localidades Santa Fe, San Cristóbal, Usme, Bosa, Teusaquillo, Barrios Unidos, Sumapaz y en Corferias, en un total de 266 puestos de votación con 6740 mesas, para ello los (las) invitamos a participar postulándose como veedor electoral en el enlace que habilitaremos los días 2 y 3 octubre de 8:00 am a 5:00 pm.

Capsulas

Ya vienen las elecciones territoriales del 29 de octubre de 2023 y es deber de la Personería ejercer vigilancia y control para garantizar el buen desarrollo de la jornada … postúlate como veedor(a) electoral este 2 y 3 de octubre de 8:00 am a 5:00 pm.

Conoce las localidades en las que haremos presencia, identifica el puesto de votación y se el primero en postularte, a vuelta de correo te confirmarán tu elección. (adjuntar link)

Te recomendamos tener 2 o 3 opciones de puesto votación para tu elección, recuerda si eres el primero elegirás el que más te guste.

El puesto que elijas será el mismo que tendrás asignado en caso de realizarse segunda vuelta electoral.

Como puedes postularte

Anexo presentación en power point con el paso a paso y link de acceso por si requieren en mayor resolución las imágenes.

NOTA: Cuando el puesto de votación esté ya elegido aparecerá y no permitirá más postulaciones, por lo que usted deberá elegir otro puesto.

 

ENLACE AL APLICATIVO DE ASIGNACIÓN DE VEEDORES 2023 

 

Lunes, 08 May 2023 14:50

Comisión de Género

Acuerdo 755 de 2019, Artículo 69.- Personería Delegada para el sector Seguridad, Convivencia y Justicia. Son funciones de la Personería Delegada para el Sector Seguridad, Convivencia y Justicia:

  • 1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales relacionados con la convivencia, seguridad, justicia y participación de las personas y las organizaciones sociales.
  • 2. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales en materia de seguridad ciudadana, convivencia, orden público y prevención del delito.
  • 3. Defender el cumplimiento de los acuerdos entre los sectores público y privado para la solución integral de problemas que afecten la seguridad o la convivencia ciudadana.
  • 4. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las entidades del sector central, del sector descentralizado adscritas y vinculadas, de los sectores de su competencia
  • 5. Dirigir el seguimiento al Plan de Desarrollo de la ciudad en los temas que sean competencia de la Delegada, según las directrices y procedimientos establecidos.
  • 6. Realizar evaluación y seguimiento a los resultados de la acción de prevención y control a la función pública, en el ámbito de su competencia.
  • 7. Elaborar y presentar los informes de prevención y control a la función pública requeridos.
  • 8. Vigilar la conducta oficial de quienes ejercen funciones públicas, en los sectores de su competencia, y dar traslado a las delegadas de asuntos disciplinarios cuando a ello hubiere lugar.
  • 9. Recibir, atender y tramitar las peticiones y/o cualquier solicitud presentada ante la dependencia, de conformidad con los términos establecidos por la ley.
  • 10. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Acuerdo 755 de 2019. Artículo 67.- Personería Delegada para los sectores Mujeres e Integración Social. Son funciones de la Personería Delegada para los sectores Mujeres e Integración Social las siguientes:

  1. Ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales relacionados con los derechos de las mujeres en el Distrito Capital.
  2. Ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales relacionados con el reconocimiento y la garantía de los derechos, la integración social de las personas, las familias y las comunidades, con especial atención para aquellas que estén en mayor situación de pobreza y vulnerabilidad, en el Distrito Capital.
  3. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las entidades del sector central, del sector descentralizado adscritas y vinculadas de los sectores de su competencia.
  4. Dirigir el seguimiento al Plan de Desarrollo de la ciudad en los temas que sean competencia de la Delegada, según las directrices y procedimientos establecidos.
  5. Realizar evaluación y seguimiento a los resultados de la acción de prevención y control a la función pública, en el ámbito de su competencia.
  6. Elaborar y presentar los informes de prevención y control a la función pública requeridos.
  7. Vigilar la conducta oficial de quienes ejercen funciones públicas, del sector de su competencia, y dar traslado a las delegadas de asuntos disciplinarios cuando a ello hubiere lugar.
  8. Recibir, atender y tramitar las peticiones y/o cualquier solicitud presentada ante la dependencia, de conformidad con los términos establecidos por la ley.
  9. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Acuerdo 755 de 2019. Artículo 65.- Personería Delegada para el Sector Hábitat. Son funciones de la Personería Delegada para el Sector Hábitat:

  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales relacionados con la planeación, gestión, control, vigilancia, ordenamiento y desarrollo de la ciudad, en los aspectos relacionados con el hábitat y los servicios públicos.
  2. Recibir, atender y tramitar las peticiones y/o cualquier solicitud relacionada con la protección de los derechos de los usuarios de las empresas de los servicios públicos domiciliarios y su adecuada prestación, de conformidad con los términos establecidos por la ley.
  3. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las entidades del sector central, del sector descentralizado adscritas y vinculadas, del sector de su competencia.
  4. Dirigir el seguimiento al Plan de Desarrollo de la ciudad en los temas que sean competencia de la Delegada, según las directrices y procedimientos establecidos.
  5. Realizar evaluación y seguimiento a los resultados de la acción de prevención y control a la función pública, en el ámbito de su competencia.
  6. Elaborar y presentar los informes de prevención y control a la función pública requeridos.
  7. Vigilar la conducta oficial de quienes ejercen funciones públicas, del sector de su competencia, y dar traslado a las delegadas de asuntos disciplinarios cuando a ello hubiere lugar.
  8. Recibir, atender y tramitar las peticiones y/o cualquier solicitud presentada ante la dependencia, de conformidad con los términos establecidos por la ley.
  9. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Acuerdo 755 de 2019. Artículo 63.- Personería Delegada para el Sector Ambiente. Son funciones de la Personería Delegada para el Sector Ambiente las siguientes:

  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales relacionados con la recuperación, protección y conservación del medio ambiente en el Distrito Capital.
  2. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos rurales en el Distrito Capital.
  3. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales encaminados a garantizar el goce del derecho al ambiente sano de las personas en el Distrito Capital.
  4. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la gestión del riesgo en el Distrito Capital.
  5. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las entidades del sector central, del sector descentralizado adscritas y vinculadas, de los sectores de su competencia.
  6. Dirigir el seguimiento al Plan de Desarrollo de la ciudad en los temas que sean competencia de la Delegada, según las directrices y procedimientos establecidos.
  7. Realizar evaluación y seguimiento a los resultados de la acción de prevención y control a la función pública, en el ámbito de su competencia.
  8. Elaborar y presentar los informes de prevención y control a la función pública requeridos.
  9. Vigilar la conducta oficial de quienes ejercen funciones públicas y dar traslado a las delegadas de asuntos disciplinarios cuando a ello hubiere lugar.
  10. Recibir, atender y tramitar las peticiones y/o cualquier solicitud presentada ante la dependencia, de conformidad con los términos establecidos por la ley.
  11. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.

Acuerdo 755 de 2019. Artículo 61. – Personería Delegada para los sectores Educación y Cultura, Recreación y Deporte. Son funciones de la Personería Delegada para los sectores Educación y Cultura, Recreación y Deporte las siguientes:

  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales relacionados con la prestación, calidad y pertinencia del servicio educativo en la ciudad.
  2. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales relacionados con el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la cultura, a la recreación y al deporte de las personas en el Distrito Capital.
  3. Participar y atender las situaciones de convivencia escolar según la normatividad vigente.
  4. Dirigir el seguimiento al Plan de Desarrollo de la ciudad en los temas que sean competencia de la Delegada, según las directrices y procedimientos establecidos.
  5. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a la (s) entidades (es) del sector central, del sector descentralizado adscritas y vinculadas, de los sectores de su competencia.
  6. Realizar evaluación y seguimiento a los resultados de la acción de prevención y control a la función pública, en el ámbito de su competencia.
  7. Elaborar y presentar los informes de prevención y control a la función pública requeridos.
  8. Vigilar la conducta oficial de quienes ejercen funciones públicas, en los sectores de su competencia, y dar traslado a las delegadas de asuntos disciplinarios cuando a ello hubiere lugar.
  9. Recibir, atender y tramitar las peticiones y/o cualquier solicitud presentada ante la dependencia, de conformidad con los términos establecidos por la ley.
  10. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos

Acuerdo 755 de 2019. Artículo 59 . –Personería Delegada para los sectores Planeación y Movilidad. Son funciones de la Personería Delegada para los sectores Planeación y Movilidad las siguientes:

  1. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales relacionados con la planeación urbana y rural del Distrito Capital.
  2. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las políticas, planes, programas y proyectos distritales relacionados con la planeación, gestión, ordenamiento y desarrollo sostenible de la ciudad en los aspectos de movilidad, transporte público e infraestructura vial.
  3. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a las licencias de construcción que se tramitan en la ciudad.
  4. Dirigir, orientar y ejercer la acción de prevención y control a la(s) entidad(es) del sector central, del sector descentralizado adscrita(s) y vinculada(s), del (de los) sector(es) de su competencia.
  5. Realizar evaluación y seguimiento a los resultados de la acción de prevención y control a la función pública, en el ámbito de su competencia.
  6. Dirigir el seguimiento al Plan de Desarrollo de la ciudad en los temas que sean competencia de la Delegada, según las directrices y procedimientos establecidos.
  7. Elaborar y presentar los informes de prevención y control a la función pública requeridos.
  8. Vigilar la conducta oficial de quienes ejercen funciones públicas y dar traslado a las delegadas de asuntos disciplinarios cuando a ello hubiere lugar.
  9. Recibir, atender y tramitar las peticiones y/o cualquier solicitud presentada ante la dependencia, de conformidad con los términos establecidos por la ley.
  10. Las demás fijadas por la ley, los acuerdos y los reglamentos.
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